Diferencias entre legado y herencia

Antes de entrar en las diferencias entre legado y herencia conviene decir que el Código Civil no define lo que es un legado, limitándose a decir en el artículo 660 lo siguiente:

«Llámase heredero al que sucede a título universal, y legatario al que sucede a título particular.»

Esta es la diferencia más importante entre herencia y legado, es decir, los bienes que se pueden dejar por uno y otro título.

Qué es un legado

Como decíamos antes el Código Civil no define lo que es un legado, no obstante lo anterior dice que el heredero sucede a título universal y el legatario sucede a título particular ¿qué quiere decir esto? pues básicamente que el heredero lo es de todos los bienes de la herencia y el legatario lo es de bienes concretos.

Pongamos un ejemplo, una persona en testamento, designa herederos de todos sus bienes a sus dos hijos por partes iguales y además designa legatario de una colección de libros a un amigo, los hijos del testador heredarán todos los bienes de su padre a excepción de la colección de libros, que irá al amigo de éste. Así, la colección de libros será el legado y el amigo del testador, será el legatario.

Características del legado

  1. Es una liberalidad. Esto significa que es una disposición de un bien concreto de carácter gratuito en favor de una determinada persona.
  2. Tiene su origen en una cláusula testamentaria. Es decir, sólo se puede legar vía testamentaria, por lo tanto es imposible la existencia de legados en una herencia abintestato o herencia intestada, es decir, sin testamento.
  3. El legado consiste en un derecho de contenido patrimonial. Se trata de un bien o derecho susceptible de valoración económica. Por ejemplo, puede ser una colección de libros, un piano
  4. Es una llamada sucesoria a título particular sobre bienes o derechos concretos, no sobre el total de la herencia. Como decíamos antes, el legatario no actúa como heredero (que no lo es) actúa como llamado a la herencia pero de un bien o derecho concreto.
  5. Supone una disminución del contenido patrimonial de la herencia. Obviamente, lo dejado por el testador en forma de legado reduce el valor de la herencia en el valor del mismo.

El límite del legado

A pesar de que el legado debe responde a la voluntad expresa del testador, mantiene un límite, que se encuentra recogido en el artículo 817 del Código Civil:

«Las disposiciones testamentarias que mengüen la legítima de los herederos forzosos se reducirán, a petición de éstos, en lo que fueran inoficiosas o excesivas»

Es decir, el legado habrá que reducirlo si su valor excede la legítima de los herederos forzosos. Por ejemplo, un testador que deja un legado de un piso valorado en 300.000 euros y deja una herencia de 400.000 euros. Evidentemente, el valor del legado supera ampliamente el valor de la legítima de los herederos y por ello, debe reducirse hasta dejar a salvo el valor de la legítima.

Así, la legítima de los herederos sería por un valor de 266.666,666 euros y el legado se reduciría hasta la cantidad de 133.333,333 euros. Dicho de otra forma, el legatario nunca podría alcanzar el valor de lo legado (300.000 euros) y ello porque con el valor del legado supera al de la legítima de los herederos y por ello debemos reducir el valor del legado hasta dejar intacto el valor de la legítima.

Diferencias entre heredero y legatario

  1. El heredero sucede a título universal y el legatario sucede a título particular, es decir, el heredero es llamado a la totalidad de la herencia mientras que el legatario lo es a un bien o derecho concreto.
  2. El legado única y exclusivamente se puede instituir mediante testamento, es decir, no existe posibilidad de constituir un legado fuera del testamento, sin embargo, el derecho a la herencia no es necesario que se instituya en testamento, los herederos lo pueden ser, a falta de testamento, por disposición legal.
  3. El heredero es responsable del cumplimiento de entrega del legado, a falta de albacea o administrador de la herencia, pero el legatario no responde por el cumplimiento de la entrega de la herencia a los herederos.
  4. El heredero puede tomar posesión de los bienes sin necesidad de que nadie se lo entregue, por el contrario el legatario necesita que su legado le sea entregado por el heredero o albacea.

Preguntas frecuentes sobre el legado de una herencia

¿Puede dejarse por legado un piso?

Absolutamente, no existen bienes o derechos que se puedan dejar mediante el legado, si bien el valor de lo legado no podrá superar el valor de la legítima de los herederos.

¿Puedo coger el legado sin autorización del heredero?

Lamentablemente se exige que el legado sea entregado por el heredero, albacea o administrador.

¿Puedo renunciar al legado?

Absolutamente, nadie está obligado a recibir algo, ya sea por motivos fiscales (existen legados que, dependiendo en qué comunidad autónoma liquiden el impuesto de sucesiones) pueden ser auténticos regalos envenenados por su alta fiscalidad.

¿Qué puedo hacer sino me entregan el legado?

Como siempre abogamos desde todoherencias.net, lo más conveniente es intentar por todos los medios un acuerdo amistoso para la entrega del legado, si ello no es posible, no queda más remedio que acudir al Juzgado.

Cualquier duda o aclaración no olvidéis dejarla en los comentarios.

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